viernes, 4 de abril de 2008

LOS CHICOS DE LA CALLE

13 comentarios:

leonel dijo...
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leonel dijo...

QUÉ DESEAMOS
Deseamos comunicarnos e intercambiar conocimientos sobre el tema que nos preocupa e incorporar nueva información del mismo, para luego transformarlos en acciones significativas.

Deseamos conocer esta realidad, para comprenderla y proyectar alternativas de cambio.

Deseamos formar un pensamiento crítico y constructivo, desarrollar una actitud de búsqueda de la verdad, sensible a la realidad que nos rodea y al mismo tiempo capaces de analizarla y abordarla.

Deseamos valorar las posibilidades de comunicación y transformarla en un vehículo de conocimiento de la realidad, con el fin de mejorar las condiciones de vida de los más desprotegidos.

Deseamos crecer en actitudes de respeto y tolerancia frente a los otros, teniendo en cuenta las diferencias culturales, de opiniones, de opciones, etc...

Deseamos proyectarnos como ciudadanos conscientes de nuestra realidad, responsables de nuestras elecciones y de nuestras opiniones.

Deseamos solidarizarnos con las necesidades de los más desprotegidos y bregar por la vida comunitaria.

Deseamos concientizarnos de la necesidad de integrarnos con otros jóvenes sensibles a esta realidad con el fin de mejorar la convivencia humana

leonel dijo...

DECLARACIÓN de los DRECHOS del NIÑO

La declaración de los Derechos del Niño fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959, fue resultado una larga historia de debate en torno al reconocimiento de la prioridad que debe tener la protección de los derechos de la infancia.



La Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959
consta de los siguientes artículos:



Artículo 1º.
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.


Artículo 2º.
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.


Artículo 3º.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.


Artículo 4º.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.


Artículo 5º.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.


Artículo 6º.
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.


Artículo 7º.
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.


Artículo 8º.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.


Artículo 9º.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.


Artículo 10º.
El niño debe ser protegido contra las prácticas qeu puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

leonel dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Mica♥ dijo...

hola leonel me parece que tenes un grave problema!porque dejaste en comentarios tu informacion..
bueno nos vemos..
besos!

Dilaca dijo...

Leonel:
te hago comentarios donde vos dejaste para mí.
Buenos artículos.
Veremos si podemos resolver tus problemas de publicación.
Saludos

santiago dijo...

la info ya la lei en otros blogs...mira otros antes de publicar...y no lo hagas en comentarios...
saludos
santy

Rita A.I. Aranda dijo...

Hola leonel;
muy buena la info, aunque algunas vi en otros blogs, espero que puedas solucionar tus problemas.....
Saludos

sabi dijo...

Hola leonel deberias pasarte por el blog de cada uno de nosotros, se repite mucha info.

Saludos

yoana dijo...

hola leonel si queres despues te explico como tenes que hacer para subir info y ponerlos en comentario presta atencion porque me parece que otros ya publicaron algunas articulos que vos pusiste..suerte

mari... dijo...

hola leonel
la verdad q pense q no tenias nada jja pero lo tenias en comentarios, visita los blog de nuestros compañeros antes de publicar algo te mando sludos

Sotelo. Dahy!. dijo...

Holaaaa!.
Leonel, trata de solucionar este problemita q tenes con tu blog. No lo tomes a mal, es una queja productiva!.
Nos vemos.
Saludos..

Dilaca dijo...

Leonel:
Comienza a escribir tus artículos en la ventana que blogger habilita para eso.
A lo que publicaste como comentario, copialo y publicalo como artículo.

1) Vas al buscador y pones blogger.com
2) clickeas sobre la página de blogger.
3) colocas tu usuario (Que es el correo con el que habilitaste el blog) y escribes la contraseña que tienes para blogger.
4)Se abre el panel donde está el nombre de tu blog y otras posibilidades. Entre ellas: Entrada nueva...
5)Clikeas en "entrada nueva"
6)Escribes el artículo (Puedes subir imágenes, subir vídeos, referenciar hipervínculos, etc)
7)Publicas